El Código Penal tipifica como delito la usurpación funciones públicas en su artículo 402. La usurpación de funciones públicas la realiza el acreedor que se hace pasar por funcionario judicial o policial y para recobrar una deuda realiza actos propios de un funcionario, como puede ser simular una diligencia de embargo, entrar en un local, levantar acta, colocar precintos o requisar bienes muebles y al mismo tiempo se atribuye un carácter oficial.
Recobro de impagados
Realización arbitraria del propio derecho en el recobro
En España muchos acreedores tienen la creencia errónea de que existen el derecho a recuperar a la brava las cosas vendidas al deudor cuando éste no las paga. Esta conducta es un delito denominado «Realización arbitraria del propio derecho» tipificado en el Código Penal.
Delitos contra la intimidad y el derecho a la imagen
La revelación de secretos es una modalidad de los delitos contra la intimidad e incurre en este ilícito penal la persona que difunda, revele o ceda a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas mediante alguna de las conductas tipificadas como delitos de vulneración de la intimidad.
Delitos contra la integridad moral del deudor; vejaciones
En el Título VII del Código Penal: «De las torturas y otros delitos contra la integridad moral», la ley recoge los denominados atentados contra la integridad moral. De estos delitos vamos a desarrollar en particular el de vejaciones.
Amenazas en el transcurso de una acción de recobro
En la mayoría de los casos de juicios por amenazas en el transcurso de una acción de recobro, los jueces califican la conducta del acreedor como falta de amenaza leve como tipifica el art. 620.2 del Código Penal.
Delitos contra la libertad del deudor; Detenciones ilegales y secuestros
La detención ilegal es una de las modalidades de los delitos contra la libertad junto con las amenazas y las coacciones que cometen algunas agencias de cobro a morosos que emplean métodos ilegales. La detención ilegal es una modalidad delictiva dolosa que consiste en el propósito de privar al deudor de su capacidad ambulatoria.
Delitos contra la libertad del deudor; las coacciones y las amenazas para obligarle al pago
Uno de los mecanismos básicos de defensa de un moroso es acusar al acreedor de que lo está amenazando o de que lo está coaccionando (o ambas cosas a la vez).
Delitos que se pueden cometer en el cobro de deudas
Aunque en España todavía no está aún tipificado como delito en el Código Penal el acoso u hostigamiento a los morosos, lo que provoca discrepancias en las resoluciones judiciales, ya que no existe un norma clara que aplicar, se consideran métodos de presión ilegales en el cobro de morosos, aquellos que conculcan derechos fundamentales de la persona o que son conductas tipificadas como delitos o faltas en el Código Penal.
Los códigos éticos de las empresas de recuperación de deudas
Las dos principales asociaciones patronales del sector en España: ANGECO (Asociación Nacional de Entidades de Gestión de Cobro) y ASEDIE (Asociación Multisectorial de la Información) han elaborado sendos códigos éticos de actuación que, son obligatorios para sus respectivos miembros y que, de forma totalmente voluntaria, pueden suscribir todas aquellas empresas dedicadas a la recuperación de deudas que lo desean.
El intento del Parlamento Europeo de regular las agencias de cobro de deudas en la UE
El Parlamento Europeo en el año 1998 intentó regular y homogeneizar la industria del recobro de impagados en Europa, puesto que cada país tiene su propia regulación de las agencias de cobro, (incluso en España no existe legislación alguna).