Diversos estudios convergen en un mismo punto: las Administraciones Públicas no están pagando todavía dentro de los plazos marcados por la Ley. Un estudio reciente de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) reveló que el plazo medio de pago de las administraciones del Estado Español se encontraba en torno a los 111 días, cuando el plazo legal es de 30 días.
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Algunos casos de cobradores de morosos que parecen astracanadas «made in Spain»
Un suceso digno de la ficción más disparatada saltó a los medios de información en julio de 2005. Esta astracanada recibió el titular de: «La fuga del cobrador de morosos».
La Doctrina jurisprudencial sobre la actuación de las agencias de recobro a morosos que emplean métodos vejatorios
En los últimos años se ha construido una doctrina jurisprudencial sólida, tanto por parte del Tribunal Supremo como de las Audiencias Provinciales, aplicable a la ilicitud de prácticas de recobro que suponen una intromisión ilegítima en el derecho del honor del presunto deudor.
Ley 1/1982 de 5 de mayo de protección civil del derecho al honor
El derecho fundamental a la intimidad, privacidad, honor y propia imagen en su condición de derechos fundamentales de los deudores se encuentran protegidos gracias a las garantías jurisdiccionales a través de los tribunales ordinarios.
El vacío legal permite las prácticas coactivas
La mayoría de profesionales que se dedican al recobro de créditos impagados utilizan métodos absolutamente legales y lícitos, pero también es verdad que existen otros que con sus actuaciones lesionan gravemente los derechos más fundamentales de la persona, como se ha puesto de manifiesto en más de una ocasión pero que gozan de cierta impunidad debido a una laguna en nuestra legislación que no prohíbe el hostigamiento a los morosos.
El marco legal en España para las empresas de recuperación de deudas
Hay que hacer notar que en España la gestión privada del cobro de morosos por si misma y la actuación de empresas de cobro que actúan dentro de la legalidad, es decir, sin extralimitaciones como amenazas, coacciones, insultos, calumnias, vejaciones, injurias, lesiones, maltratos de obra, retenciones, no constituye ilícito penal alguno.
Modificación del calendario de migración a adeudos directos y transferencias SEPA
La Comisión de Seguimiento de la Migración a SEPA en España concede una prórroga extraordinaria hasta el 10 de junio 2014 para la utilización del Folleto 19 AEB
Quiénes acceden a la información que figura en los registros de morosidad
El artículo 29 de la LOPD regula que cuando el interesado lo solicite, el responsable del tratamiento le comunicará los datos, así como las evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y dirección de la persona o entidad a quien se hayan revelado los datos.
La adecuada obtención de datos requiere el consentimiento informado
Los datos personales de un ciudadano sólo pueden tratarse, recogerse y emplearse, si con carácter general, el interesado ha prestado su consentimiento informado (arts. 5 y 6 LOPD).
¿Qué organismo protege los derechos de los ciudadanos inscritos en los registros de morosos?
La tutela efectiva de los derechos de los ciudadanos ha sido delegada a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La AEPD es el Ente Público encargado de velar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos personales.