El apartado primero del art. 33 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (LITPAJD) señala que los documentos que realicen función de giro están sujetos a la tributación por actos jurídicos documentados a saber:
leyes
Las nuevas medidas de lucha contra la morosidad promulgadas por Real Decreto-ley
El «22 F» el Gobierno a través de un Real Decreto-Ley hace por sorpresa la transposición de la Directiva europea 2011/7/UE de lucha contra la morosidad.
Acciones en caso de impago de un pagaré
En caso de impago el tenedor siempre podrá ejercitar la acción cambiaria directa contra el firmante a través del procedimiento cambiario (no es necesaria la declaración de protesto). Asimismo podrá ejercitar la acción de regreso contra los endosantes y demás obligados, siempre y cuando se hubiera presentado el pagaré al pago dentro del plazo legal y se pueda acreditar la falta de pago mediante protesto notarial o declaración equivalente; la única excepción sería cuando el pagaré tenga la cláusula de «sin gastos».
La reclamación de una letra impagada
El impago de la letra conlleva consecuencias en función de quien sea el legítimo tenedor del título y si se ha levantado o no protesto o declaración equivalente.
Las letras «pelota» o de favor
Las letras de cambio que no tengan una causa subyacente, aunque hayan sido libradas con todos los requisitos formales, son denominadas «letras de favor» o «de complacencia».
Lo que hay que saber sobre las distintas modalidades de vencimiento en la letra
El vencimiento es uno de los requisitos esenciales de la letra y corresponde al momento en que se ha de atender la obligación de pago por cumplimiento del plazo de la deuda derivada de la relación contractual.
Los requisitos de la letra de cambio
La definición más habitual de la letra de cambio es:
«Título de crédito formal y completo, que se constituye en un mandato de pago puro y simple que obliga a pagar a su vencimiento, en un lugar determinado, una cantidad cierta en dinero a la persona primeramente designada en el documento, o a la orden de ésta a otra persona distinta también designada en la letra».
Los orígenes de la letra de cambio
La letra de cambio es un documento mercantil cuyo origen se remonta al siglo XII en Italia y que luego llegó a España como un documento vinculado al contrato de cambio de monedas entre cambistas situados en distintas localidades cuando las comunicaciones no eran seguras ni rápidas.
La oposición procesal al juicio cambiario
El deudor cambiario puede esgrimir frente a su acreedor inmediato todo tipo de excepciones, cambiarias o extracambiarias, ya que entre partes la obligación cambiaria es de naturaleza causal y no hay circulación del título.
Demanda judicial contra los impagos: el Juicio Cambiario
Los documentos cambiarios están regulados por una ley propia: la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque (LCCH). Los títulos cambiarios además de tener un carácter probatorio de la deuda, permiten al acreedor interponer demandas judiciales muy expeditivas.