El Ministerio de Hacienda ha previsto que el Reglamento SIF VERI*FACTU se empiece a aplicar en 2026
El Ministerio de Hacienda promovió la promulgación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, más conocido como Reglamento SIF VERI*FACTU. El citado real decreto de este reglamento se puede ver en este enlace del BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840
Este Reglamento SIF VERI*FACTU se debe a que el Ministerio de Hacienda comprobó que en España existen sistemas informáticos de facturación que mediante utilidades digitales diseñadas específicamente para la evasión o defraudación tributaria, que permiten la ocultación de la verdadera realidad económica y tributaria de sus usuarios, que omiten y alteran los datos reales de las ventas de las empresas y comercios, ocultando o adicionando datos ficticios. En estos casos los sistemas informáticos de facturación a menudo integran módulos o utilidades creados por sus productores con esta finalidad específica. En otros casos, los sistemas informáticos de facturación presentan vulnerabilidades que permiten, a otras personas o al propio interesado, la incorporación de otros programas denominados parches de tipo phantomware o zapper, entre otros, tendentes a permitir la sustitución de los datos reales de facturación por otros alterados.
Estos hechos determinaron que la Administración tributaria española, en línea con las recomendaciones efectuadas desde instituciones internacionales como la OCDE y la Unión Europea, mediante el Reglamento SIF VERI*FACTU haya implantado normativas estrictas y medidas de control y seguridad específicas para la facturación de las empresas y comercios para dificultar el fraude y facilitar la comprobación de unos datos que, por su naturaleza, son volátiles, duplicables, y fácilmente manipulables de formas muy difíciles de detectar.
El Reglamento SIF VERI*FACTU pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, a la vez que una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el incumplimiento.
El Reglamento SIF VERI*FACTU busca conseguir los siguientes objetivos:
- Reforzar la obligación de emitir factura de todas las operaciones que realizan empresarios y profesionales.
- Conseguir que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático de manera segura, no manipulable, accesible y con una estructura y formato estándares para facilitar la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la Administración tributaria.
- Incentivar al consumidor final para que solicite los comprobantes de sus operaciones y pueda remitir voluntariamente a la Administración tributaria la información básica de esas facturas para verificar su registro y la exactitud de los datos reflejados en las mismas.
- Garantizar la integridad, la autenticidad y la trazabilidad de los datos registrados, dificultando la falsificación de los registros de facturación mediante el uso de elementos de seguridad y control en los registros informáticos y en las facturas. Entre dichos elementos se pueden citar, el encadenamiento de datos de facturas, las huellas digitales del contenido de las mismas, el empleo de códigos QR que facilitan la captura y digitalización de la información impresa, la estandarización de formatos de los datos o el uso de firma digital para asegurar el no repudio de los registros.
- Conseguir una mayor eficacia en la comprobación tributaria de los órganos que tienen asignada esa competencia.
- Facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tal y como se ha constatado en aquellos países en que se ha implantado la obligación de remisión de los datos de forma previa, inmediata o posterior al momento de realización de las operaciones.
Recientemente, el Ministerio de Hacienda ha previsto un nuevo calendario para que las empresas tengan operativos los sistemas informáticos adaptados a las características y requisitos que se establecen en el Reglamento SIF VERI*FACTU. De modo que todas las empresas que sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener instalado un software que no permita la supresión y manipulación de ventas cumpliendo estrictamente el Reglamento SIF VERI*FACTU antes del 1 de enero de 2026, y para los contribuyentes que no lo sean, como es el caso de empresarios autónomos, la fecha es el 1 de julio 2026.
En consecuencia, existe una necesidad de urgente adaptación del tejido empresarial español, y muy especialmente, de las pymes que son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y de que los dirigentes empresariales estén bien informados de la nueva obligación que ha implantado el Reglamento SIF VERI*FACTU.
Para el último trimestre de 2025 está prevista una creciente demanda de las pymes para la modernización de programas informáticos, por lo que es conveniente que los responsables de los procesos contables de facturación y administración reciban una formación adecuada lo antes posible, para que las empresas puedan cumplir con la nueva normativa del Reglamento SIF VERI*FACTU aplicable a los softwares de facturación que garantiza la inalterabilidad indebida de los datos y la trazabilidad de los mismos.
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Autor del artículo: Pere Brachfield, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, ICAB.
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