Un cambio de criterio del Tribunal Supremo reduce de cinco a tres años la prescripción de las deudas comerciales entre empresas

Un cambio de criterio del Tribunal Supremo reduce de cinco a tres años la prescripción de las deudas comerciales entre empresas

La STS 756/2026 fija el plazo de prescripción de tres años para reclamar el precio de las ventas de mercancías entre empresas de distinto sector. La prescripción extintiva de las deudas El acreedor goza del derecho de cobro de su crédito, ahora bien, este derecho subjetivo no es nada y nada representa en la práctica si la misma norma jurídica que le da vida no facilita su defensa. Nadie duda de que la defensa sólo … Seguir leyendo…