Para que el pago sea válido, es necesario no solamente la exactitud en la ejecución de la prestación debida, pagando completamente el crédito adeudado al acreedor, sino que debe hacerse en el plazo marcado para el cumplimiento, o sea al vencimiento.
Requisitos que debe cumplir el deudor para realizar el pago de la deuda
Por el pago se extingue la relación obligacional. Para que el pago se haga correctamente y tenga efectos liberatorios para el deudor ha de cumplir una serie de requisitos:
Los seis grandes tipos de deudores
Una primera clasificación de los deudores en seis categorías básicas de morosos
Las causas principales por las que existen morosos
A lo largo de mi carrera profesional como morosólogo he tratado con miles de deudores de toda condición social; y esto me ha permitido llegar a la certeza de que uno de los aspectos que hay que tener en cuenta en la reclamación de los impagados es el perfil del deudor, puesto que no todos los deudores son iguales ni se les puede tratar de forma indiscriminada.
Los sinónimos de moroso en los países hispanohablantes
A mi entender el término «morosos» se debería utilizar para designar a los clientes que se retrasan en el cumplimiento de una obligación de pago y demuestran poca diligencia para realizar el desembolso; pero que finalmente pagan la deuda en su totalidad. Por lo tanto morosos son aquellos deudores remolones que acaban pagando, o sea no incurren en un incumplimiento definitivo de la obligación sino en un cumplimiento tardío de la misma.
El moroso según la legislación antimorosidad y la Directiva Europea contra la morosidad
Con la entrada en vigor el 31 diciembre 2004 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, (transposición de la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo) si el comprador no paga el día del vencimiento, automáticamente se convierte en moroso, y en consecuencia deberá pagar el interés fijado en el contrato y en su defecto el fijado por la ley (Artículo 7. Interés de demora.).
Cuando el deudor se convierte legalmente en moroso
El Código Civil regula la mora del deudor en el art. 1100: «Incurren en mora los obligados a entregar o a hacer alguna cosa desde que el acreedor les exija judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de su obligación
El caso del cobrador de morosos que cobró en especie, con un puñetazo en la cara
La Ley penal protege la integridad corporal de la persona ya que es uno de los derechos fundamentales protegidos por el Artículo 15 de la Constitución Española de 1978:» Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes (…) «.
La subrogación en el crédito
Este cambio de acreedor se produce cuando un individuo –el subrogado– paga una deuda ajena y ocupa el lugar del primer acreedor, es decir se subroga y como consecuencia de la operación adquiere el crédito tal y como lo tenía el acreedor primitivo con todos los derechos y garantías anexos que puedan existir contra el deudor o contra terceros (fiadores o avalistas).
La cesión de créditos impagados
A lo largo de la vida de una obligación pueden cambiar tanto la figura del acreedor como la del deudor, aunque las normas en cada uno de los casos son bien diferentes. Esta circunstancia es debida a las diferentes posiciones de cada una de las partes.