Si debes a Hacienda mil euros, tienes un problema; si debes un millón, el problema es de Montoro

Si debes a Hacienda mil euros tienes un grave problema pero si debes más de un millón, el problema lo tiene Montoro para cobrar la deuda; la lista de morosos y defraudadores publicada por la Administración Tributaria a instancias del Ministro de Hacienda tiene poca eficacia para recobrar las deudas fiscales.

En la Península Ibérica la tradición medieval obligaba a los morosos a pasearse por las calles de la ciudad subidos encima de un burro y vestidos con túnicas con grandes cruces rojas y con una coroza en la cabeza, para que todo el mundo supiera que no pagaba sus deudas. Durante el paseo el pueblo podía mofarse del infortunado deudor, insultarle e incluso tirarle toda clase de objetos. El escarnio público debía servir para escarmentar a los morosos y disuadir a los demás ciudadanos de caer en la tentación de convertirse en malos pagadores; aunque en aquella época los deudores más desafortunados acababan linchados por la turba.

Afortunadamente, el Emperador Carlos V prohibió esta bárbara costumbre y promulgó una ley que condenaba a la pena de muerte por horca a los morosos insolventes. Su hijo Felipe II suavizó el castigo a los deudores e instauró la prisión por deudas o la condena a galeras. A partir de finales del XVI y durante varios siglos los morosos fueron condenados a penas de prisión si no saldaban sus deudas. Por consiguiente en España era lo más normal del mundo que el deudor insolvente fuera a parar a la cárcel, incluso se metía en prisión a los morosos con carácter cautelar, antes de que hubiera condena en firme o comenzara un juicio por impago de deudas (Cervantes fue encarcelado en 1597 por este motivo). Los únicos que se libraban de la prisión eran los nobles y los hidalgos, ya que no podían ser encarcelados por deudas ni condenados a remar en las galeras reales. Este castigo perduró en España durante varios siglos.

En 1963, el Protocolo nº 4 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales elaborado en el ámbito del Consejo de Europa prohibió la prisión por deudas estableciendo que: “Nadie podrá ser privado de su libertad por la única razón de no poder cumplir una obligación contractual”. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966 estableció en su artículo 11 el mismo principio.

En consecuencia, en el siglo XX se inventaron las listas de morosos con un triple propósito; primero, escarmentar a los deudores recalcitrantes haciendo pública su condición; segundo, dándoles un buen motivo para pagar sus deudas, ya que si querían que sus nombres desaparecieran de la lista negra no les quedaba más remedio que pagar; tercero, enviar un aviso a navegantes, y prevenir el riesgo de impago, ya que los proveedores pueden consultar el registro antes de otorgar crédito a un moroso empedernido y evitar entrar en riesgo.

El Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, emprendió hace unos años una implacable cruzada contra los defraudadores fiscales y morosos del Estado Español. En este marco de lucha contra el fraude tributario, consiguió que la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, que modificó la Ley General Tributaria, añadiera el artículo 95 bis, referente a la “publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias”. Bajo este eufemismo, se esconde la autorización a Hacienda para publicar la lista de morosos con las arcas del Estado; en concreto aquellos que deben más de un millón de euros. Vale la pena señalar que la ley contó con el voto a favor del PP y el rechazo de la oposición, que criticó, en especial, que la reforma no posibilite que se conozca el nombre de quienes se acogieron a la denominada amnistía fiscal en 2012.

El objetivo del Ministro fue que esta medida coercitiva sirva para que muchos deudores se pongan al día con Hacienda. Por ese motivo, a este listado se le denomina coloquialmente como la “Lista Montoro”. El 30 de junio ha salido nuevamente publicada la segunda lista con los nombres de los mayores defraudadores fiscales y morosos. Según este listado, el importe de las deudas y sanciones, pendientes de pago a 31 de diciembre de 2015, asciende a más de 15.700 millones; para tener una equivalencia de esta abultada cifra, este importe corresponde a la suma del PIB de Eslovenia y Letonia. El número total de morosos y defraudadores asciende a 4.768 (solamente un 1,8 % menos que en la lista anterior), de los que 336 son personas físicas y 4.432 son sociedades.

El primer lugar del ranking de la “lista Montoro” lo ocupa Reyal Urbis con una deuda que supera los 368 millones, seguida a bastante distancia por Nozar con 203 millones. Lo que más atención ha despertado han sido los nombres de determinadas personalidades y personajes bien conocidos por el público. Sin embargo, el moroso nº1 en el ranking de personas físicas, Agapito García Sánchez, es un desconocido para la sociedad, y si no fuera por su peculiar nombre de pila hubiera pasado desapercibido, pero con un importe de más de 19 millones de euros ha superado a Dani Pedrosa, quien no ha conseguido rebasar la meta de los 8 millones, e incluso dejar atrás al mismo Mario Conde, que no ha llegado a los 10. Vale la pena señalar, que bastantes personajes famosos pasan desapercibidos, puesto que sólo aparecen los nombres de sus sociedades, y requiere un arduo trabajo de investigación relacionarlos. Pero para mí tiene más interés el que ocupa el último lugar del listado. Se trata de un ciudadano llamado Pedro G.O. (aunque en el listado oficial de Hacienda figura con sus dos apellidos, prefiero indicar únicamente sus iniciales para preservar sus derechos fundamentales) que ha tenido el infortunio de adeudar 1.000.077 euros al erario público; y por esos míseros 77 euros (que superan el millón),  figura en la lista de morosos y defraudadores de Hacienda; ¡ya es mala suerte! De haberlo sabido seguro que Don Pedro hubiera pagado cien euros a la Administración Tributaria y así se hubiera ahorrado el mal trago.

Sin embargo, el sindicato de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha asegurado que el importe de la lista de morosos publicada por la Agencia Tributaria, sólo es el 30 % del total de deuda pendiente de cobro por Hacienda, que asciende a 52.226 millones; suma que equivale a la mitad del primer rescate de Grecia. Además, Gestha declaró que, de acuerdo con el ratio de cobro de estas deudas que el Gobierno ha reconocido, se podrían perder unos 8.834 millones de las deudas de este listado, ya que el 42% de la cantidad adeudada pertenece a sociedades que se encuentran en concurso de acreedores e incluso en proceso de liquidación. De hecho, en los últimos 10 meses, entre el 31 de julio de 2015 y el 1 de junio de 2016, únicamente se han recaudado 312 millones de 1.500 deudores que figuraban en el primer listado, lo que supone apenas el 2% del importe moroso de la primera lista. Asimismo, Gestha sostiene que con motivo de la publicación anterior, el mero hecho de hacer pública la lista de morosos no consigue por sí solo aumentar los ingresos en concepto de deuda pendiente de cobro, pues incluso la mora ha aumentado en estos seis meses. Parafraseando a John Maynard Keynes: “Si debes a Hacienda mil euros tienes un problema pero si debes más de un millón, el problema es del ministro Montoro para cobrarlo”.

Con respecto a la “Lista Montoro”, dejando aparte consideraciones como las garantías constitucionales relativas a los derechos fundamentales al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen, así como a la protección de datos, la publicación de los listados de morosos y defraudadores tributarios me lleva a hacer algunas reflexiones.

En primer lugar, me pregunto porque se coloca el listón tan alto; un millón es mucho dinero; lo que permitirá que deudores con cantidades impagadas importantes escapen a la difusión pública. Hubiera sido más lógico poner el listón en 120.000 euros, que es el importe con que el Artículo 305 del Código Penal delimita el delito fiscal.

En segundo lugar, el sindicato de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha asegurado que la lista de morosos informará de las deudas impagadas de medianas empresas, pero no incluye a los mayores defraudadores, a los que se acogieron a la amnistía fiscal de 2012 ni a los de la Lista Falciani.

En tercer lugar,  comparto totalmente la opinión de Gestha, que piensa que en la lista también deberían constar los nombres de los grandes defraudadores a los que la Agencia Tributaria ha descubierto importantes deudas y ha sancionado a pesar de haber pagado o aplazado multas millonarias en el plazo reglamentario.

En cuarto lugar, también estoy de acuerdo con la opinión de Gestha que afirmó que la publicación de la lista con los delitos fiscales incluye a las personas y empresas condenadas por sentencia firme, pero no se conocerán las deudas millonarias descubiertas a las mayores empresas del país que generalmente no se envían a la Fiscalía por entender la AEAT que las grandes corporaciones no tienen ánimo defraudatorio.

En quinto lugar, la lista solo será accesible durante tres meses desde su publicación y se impedirá la indexación del contenido de la lista a través de motores de búsqueda en Internet; o sea no se podrá hacer la búsqueda en Google de la lista de morosos; en consecuencia, para poder ver los datos habrá que acudir directamente a la dirección de Internet donde se publiquen, teniendo en cuenta que los listados dejarán de ser accesibles a los tres meses de su fecha de publicación; por tanto hay que descargarla lo antes posible. Esta circunstancia hace que la utilidad de la lista para ejercer presión sobre los contribuyentes morosos y dejarlos al descubierto sea más bien escasa. Lo lógico hubiera sido indexar en Google, y en el resto de buscadores, los nombres de los defraudadores con el fin de afectar la reputación de los morosos y motivarles a que paguen su deuda. Asimismo,  la indexación en los buscadores hubiera permitido una consulta sencilla de los datos de los deudores con Hacienda para lograr el objetivo de la prevención de la morosidad; puesto que si una empresa o persona no paga sus impuestos, todavía menos pagará a sus proveedores. Para ello, hubiera resultado muy útil que los datos del deudor  pudieran aparecer en internet.

Y en sexto lugar, ya que el profesor Montoro también es Ministro de Administraciones Públicas, la lista debería incluir a las administraciones que incumplen con la obligación de pagar dentro del plazo legal de 30 días, tanto las Comunidades Autónomas como los Ayuntamientos, ya que son los mayores morosos que hay. Como muestra un botón: según datos publicados, el ayuntamiento de Jaén (patria chica del Ministro) paga a 183 días.

 

En cuanto a descargarse el listado de deudores, no tarden demasiado en hacerlo ya que el acceso quedará interrumpido dentro de algunas semanas; si quieren la lista completa pueden solicitarla en este link:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/RSS/Todas_las_Novedades/Le_interesa_conocer/Publicacion_del_listado_de_deudores_a_la_Hacienda_Publica__art__95_bis_LGT_.shtml

 

Y también pueden obtenerlo en formato PDF a través de este enlace:

https://www.agenciatributaria.gob.es/static_files/AEAT_Sede/NoIx/Listado_deudores_Art95bisLGT.pdf

 

 

 

Autor: Pere Brachfield

Todos los derechos reservados