Como ejemplo vamos a ver el caso de la empresa Piros S.A. que ha realizado una venta por importe de diez mil euros a un cliente, y éste en lugar de abonar la factura en la fecha de vencimiento contractual, lo ha hecho tres meses más tarde.
No es lo mismo para la empresa proveedora Piros S.A. cobrar hoy una factura de diez mil euros que –por culpa de un retraso en el pago de la factura por parte del cliente– percibir el mismo monto dentro de 3 meses.
El departamento comercial suele argumentar en estos casos que no hay porque preocuparse, ya que el cliente ha acabado pagando la factura. Y como lo importante en los negocios es cobrar la totalidad de la venta –más tarde o más temprano pero lo que cuenta es cobrar– si finalmente se han cobrado los diez mil euros, la operación ha sido un éxito y no ha existido ningún quebranto económico para la empresa.
Evidentemente la empresa Piros S.A. ha cobrado la misma cantidad de dinero (10.000 €) que hubiera recibido hace varios meses, pero el valor del dinero percibido no es el mismo debido a 4 motivos:
1) el coste de oportunidad de no haber podido disponer del dinero 90 días antes y haber perdido la posibilidad de reinvertirlo en el negocio (o en otras inversiones temporales)
2) el coste financiero provocado por la morosidad del cliente, es decir los intereses que se pagan a las entidades bancarias por mantener inmovilizados durante 90 días diez mil euros en el saldo de clientes ya que en la mayoría de los casos la financiación de las ventas a crédito se hace con fondos provenientes de pasivo a corto con coste. En el caso poco probable que los diez mil euros estuvieran financiados con recursos propios la empresa incurriría en un coste de oportunidad.
3) la inflación que hace perder valor al dinero
4) los gastos de gestión de cobro ocasionados por la factura impagada
A continuación vamos a calcular el coste del retraso de 90 días en el cobro de la factura partiendo del supuesto que la empresa Piros S.A. debe sufragar los créditos comerciales otorgados a sus clientes con exigible a corto con coste de entidades bancarias, y el tipo medio ponderado de interés anual que le cargan los bancos es del 4%. Otro dato relevante es que la inflación real que existe en estos momentos en el país es del 3%.
Costes financieros adicionales = Importe del crédito en mora x (días de atraso/ 360) x coste de los recursos
= 10.000 x (90 / 360) x 0.04 = 100 euros
Costes por pérdida valor adquisitivo = Importe del crédito en mora x (días de atraso/ 360) x tasa de inflación anual
= 10.000 x (90 / 360) x 0.03 = 75 euros
Total costes de la morosidad teniendo en cuenta únicamente los intereses de financiación del realizable y la pérdida de poder adquisitivo provocado por la inflación = 175 euros.
Estos costes adicionales representan el 1,75% del importe de la factura, y eso que en este cálculo no hemos tenido en cuenta los costes de oportunidad y los gastos de gestión de cobro.
A continuación vamos a ver las repercusiones económicas para la empresa Piros S.A. del retraso en el cobro de la famosa factura de 10.000 euros (sin contar con el coste de oportunidad).
Partimos del supuesto que la empresa Piros S.A. obtiene un margen neto del 10% sobre el precio de venta de sus productos. Piros S.A. debe sufragar los créditos comerciales otorgados a sus clientes con exigible a corto con coste de entidades bancarias, y el tipo medio ponderado de interés anual que le cargan los bancos es del 4%.
La inflación real que existe en estos momentos en el país es del 3% y el coste imputable de las gestiones recuperatorias efectuadas por la empresa –o sea teléfono, cartas, tiempo del personal de la empresa– para poder cobrar la factura asciende a 10 euros mensuales.
En el cuadro que aparece a continuación se pueden ver las consecuencias económicas que supone para Piros S.A la demora en el pago de 30, 90 y 180 días respectivamente.
En el cuadro que aparece a continuación se pueden ver las consecuencias económicas que supone la demora en el pago de 30 días para Piros S.A.
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Tiempo transcurrido desde el vto. |
1 mes |
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Importe de la factura |
10.000 euros |
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Margen neto original |
1.000 euros |
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Costes financieros morosidad |
33,33 euros |
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Gastos de gestión recobro |
10 euros |
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Pérdida poder adquisitivo |
25 euros |
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Total Costes |
68,33 euros |
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Importe cobrado finalmente |
10.000 euros |
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Monto recuperado por compensación |
9.931,67 euros |
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Beneficios obtenidos en realidad |
931,67 euros |
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Merma en los beneficios |
68,33 euros |
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Beneficios obtenidos |
931,67 euros |
Beneficio esperado 1.000 euros |
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Pérdida soportada |
68,33 euros |
6,83% menos |
Como se puede comprobar Piros S.A. ha sufrido una disminución en su margen de beneficios, puesto que al cobrar la factura después de 1 mes, el beneficio real que le queda de la operación comercial es de sólo 931,67 euros euros (en lugar de los 1.000 euros); lo que implica una merma del 6,83% sobre el margen original.
En el cuadro que aparece a continuación se pueden ver las consecuencias económicas que supone la demora en el pago de 90 días para Piros S.A.
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Tiempo transcurrido desde el vto. |
3 meses |
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Importe de la factura |
10.000 euros |
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Margen neto original |
1.000 euros |
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Costes financieros morosidad |
100 euros |
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Gastos de gestión recobro |
30 euros |
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Pérdida poder adquisitivo |
75 euros |
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Total Costes |
205 euros |
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Importe cobrado finalmente |
10.000 euros |
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Monto recuperado por compensación |
9.795 euros |
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Beneficios obtenidos en realidad |
795 euros |
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Merma en los beneficios |
205 euros |
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Beneficios obtenidos |
795 euros |
Beneficio esperado 1.000 euros |
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Pérdida soportada |
205 euros |
20,5% menos |
Como se puede comprobar Piros S.A. ha sufrido un importante quebranto en su margen de beneficios, puesto que al cobrar la factura después de tres meses, el beneficio real que le queda de la operación comercial es de sólo 795 euros (en lugar de los 1.000 euros); lo que implica una merma del 20,5% sobre el margen original.
En el cuadro que aparece a continuación se pueden ver las consecuencias económicas que supone la demora en el pago de 180 días para Piros S.A.
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Tiempo transcurrido desde el vto. |
6 meses |
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Importe de la factura |
10.000 euros |
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Margen neto original |
1.000 euros |
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Costes financieros morosidad |
200 euros |
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Gastos de gestión recobro |
60 euros |
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Pérdida poder adquisitivo |
150 euros |
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Total Costes |
410 euros |
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Importe cobrado finalmente |
10.000 euros |
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Monto recuperado por compensación |
9.590 euros |
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Beneficios obtenidos en realidad |
590 euros |
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Merma en los beneficios |
410 euros |
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Beneficios obtenidos |
590 euros |
Beneficios esperados 1.000 euros |
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Pérdida soportada |
410 euros |
41% menos |
Esta situación se hubiera podido evitar si hubiera existido una buena gestión de cobranzas; por lo que aquí tenemos un buen ejemplo de la importancia que tiene la misión del servicio de cobros, de controlar todas y cada una de las facturas, y obtener en el menor plazo posible –a partir del vencimiento de la factura– la entrada del dinero en la tesorería de la empresa.
Ahora bien supongamos que Piros S.A. contrata los servicios de una empresa de recuperación de impagados al sexto mes de intentar el cobro de la factura y no conseguir resultados positivos.
La agencia no le cobra a Piros S.A. ningún honorario por anticipado ya que trabaja con las condiciones de «no collection no fee» es decir que se conforma con percibir un 15% de comisión sobre lo recobrado si tiene éxito en sus gestiones. En caso contrario –que no obtenga resultados– se aplicará el principio de «no collection no commission» y no habrá ningún coste adicional para la empresa acreedora.
Que pasa si después de 6 meses no puede cobrar la factura y la entrega a un empresa de recobros y la agencia recupera la deuda al cabo de 1 mes
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Tiempo transcurrido desde el vto. |
7 meses |
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Importe de la factura |
10.000 euros |
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Margen neto original |
1.000 euros |
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Costes financieros morosidad |
233,33 euros |
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Gastos de gestión recobro |
60 euros |
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Pérdida poder adquisitivo |
175 euros |
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Total partidas gastos, costes y pérdida valor |
468,33 euros |
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Honorarios Agencia cobros |
1.500 euros |
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Total Costes con honorarios recobro |
1.968,33 euros |
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Importe cobrado finalmente |
10.000 euros |
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Monto recuperado por compensación |
8.031,67 euros |
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Pérdida contable soportada |
1.968,33 euros |
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Pérdida relativa después compensar beneficios (+1.000) |
968,33 euros |
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Beneficios obtenidos |
0 euros |
Beneficios esperados 1.000 euros |
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Importe cobrado |
8.031,67 euros |
Importe presupuestado 10.000 euros |
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Pérdida soportada |
1.968,33 euros |
Pérdida relativa 968,33 euros |
Como se puede comprobar en el anterior cuadro, la empresa Piros S.A. ha sufrido una pérdida contable de 1.968,33 euros y un quebranto relativo si se compensa el margen de beneficios de la operación de 968,33 euros
Pero supongamos que la agencia fracasa y no consigue recuperar la deuda. En este caso la empresa Piros S.A. se encuentra ante un crédito fallido que debe pasar a pérdidas al final del ejercicio
En el siguiente cuadro podemos ver los efectos de pasar a fallidos esta operación comercial
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Tiempo transcurrido desde el vto. |
12 meses |
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Importe de la factura |
10.000 euros |
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Margen neto original |
1.000 euros |
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Costes financieros morosidad de 12 meses |
400 euros |
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Gastos de gestión recobro durante 6 meses |
60 euros |
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Pérdida poder adquisitivo no aplicable |
0 euros |
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Total Costes |
460 euros |
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Importe cobrado finalmente |
0 euros |
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Pérdida total |
10.460 euros |
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Pérdida después compensar lucro cesante (+1.000) |
9.460 euros |
La empresa ha sufrido un quebranto contable de 10.000 euros pasados a la partida de pérdidas.
Ahora bien en el apartado de pérdidas se deben incluir los costes financieros que ha generado la operación fallida y los gastos de gestión de cobro, lo que arroja un total de 10.460 euros.
No obstante si se usa el criterio de no incluir lucro cesante en las pérdidas, el quebranto económico relativo es de sólo 9.460 euros.
Si bien la empresa deberá liquidar el IVA correspondiente ya que la ley tributaria se basa en el principio de devengo, y el proveedor deberá abonar el IVA de la factura a Hacienda, con la posibilidad de poder reducir la base imponible del impuesto y recuperar la cuota del IVA al cabo de un par de años si presenta una demanda judicial contra el moroso y sigue todos los trámites que marca la Ley de IVA en el artículo 80.