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Brachfield Credit & Risk Consultants

Ley de morosidad (Ley 3/2004): plazos de pago, intereses y derechos del acreedor

La ley de lucha contra la morosidad explicada: plazo máximo de pago de 60 días, interés de demora vigente, indemnización de 40 euros por factura, cláusulas abusivas y novedades.

EN SÍNTESIS

La Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, fija cuándo deben pagarse las facturas entre empresas y entre empresas y Administración: a falta de pacto, 30 días desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio, y nunca más de 60 días aunque se pacte otra cosa. Si el cliente se retrasa, el proveedor tiene derecho automáticamente, sin necesidad de reclamarlo, a intereses de demora —el tipo del Banco Central Europeo más ocho puntos, un 10,40 % en el segundo semestre de 2026— y a una indemnización de 40 euros por cada factura, más los costes de cobro que acredite. Los pactos que excluyan estos derechos son nulos si resultan abusivos. El problema, como lleva años denunciando Pere Brachfield, es que la ley no tiene un régimen sancionador y buena parte de las empresas no la cumple.

Por Pere Brachfield · Actualizado el 6 de noviembre de 2026

¿Qué es la ley de morosidad y a qué operaciones se aplica?

La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, incorporó al Derecho español la Directiva europea contra la morosidad. Se ha reformado varias veces para endurecerla: la Ley 15/2010 fijó los plazos máximos, la Ley 11/2013 adaptó la Directiva 2011/7/UE e introdujo la indemnización de 40 euros, y la Ley 18/2022, «Crea y Crece», añadió nuevas medidas de transparencia y control.

Se aplica a los pagos que se realizan como contraprestación en operaciones comerciales entre empresas (incluidos autónomos y profesionales) y entre empresas y la Administración pública. No se aplica a las operaciones con consumidores, a las deudas sometidas a un concurso de acreedores, a los intereses regulados por la legislación de cheques, pagarés y letras de cambio ni a las indemnizaciones por daños.

¿Cuál es el plazo máximo de pago entre empresas?

Si las partes no han pactado otra cosa, el cliente debe pagar en 30 días naturales desde que recibe la mercancía o se le presta el servicio, aunque haya recibido antes la factura. Las partes pueden ampliar ese plazo por contrato, pero en ningún caso por encima de 60 días naturales. Si hay un procedimiento de aceptación o comprobación de la mercancía, no puede durar más de 30 días, y el plazo de pago empieza a contar desde la aceptación.

El proveedor debe enviar la factura antes de que pasen 15 días desde la entrega. La ley permite agrupar facturas de un periodo de hasta 15 días en una sola, siempre que se respete el plazo máximo de pago. La realidad, sin embargo, va por otro lado: según el informe de Crédito y Caución e Iberinform que cita Pere Brachfield, solo el 9 % de las empresas españolas trabaja con plazos de pago de 30 días.

En 2025 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asunto C-677/22) recordó que la Directiva admite plazos superiores a 60 días si se pactan expresamente y no son manifiestamente abusivos, y en 2026 la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España por permitir plazos sistemáticamente más largos en determinados sectores del comercio minorista. En España, la Ley 3/2004 mantiene el límite de 60 días para las operaciones entre empresas.

  • Sin pacto: 30 días naturales desde la entrega o la prestación del servicio.
  • Con pacto: como máximo 60 días naturales.
  • Aceptación o comprobación de la mercancía: máximo 30 días.
  • Envío de la factura: antes de que pasen 15 días desde la entrega.

¿En qué plazo debe pagar la Administración pública?

La Administración debe aprobar las facturas o certificaciones de obra en los 30 días siguientes a la entrega o prestación, y pagarlas en los 30 días siguientes a esa aprobación, según la Ley de Contratos del Sector Público. Si se retrasa, también debe intereses de demora y la indemnización por costes de cobro. Los contratistas de la Administración, a su vez, deben pagar a sus subcontratistas y proveedores dentro de los plazos de la Ley 3/2004.

El cumplimiento de estos plazos ha mejorado con el tiempo, pero Pere Brachfield ha documentado durante años los retrasos de ayuntamientos y comunidades autónomas y la acumulación de intereses de demora adeudados a proveedores.

¿Qué intereses de demora se pueden cobrar y cómo se calculan?

El cliente que paga tarde debe intereses de demora por el simple hecho de no pagar en plazo, sin necesidad de que el proveedor le avise ni le reclame. Si no se ha pactado otro tipo, se aplica el interés legal de demora: el tipo de la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo más ocho puntos porcentuales. La Secretaría General del Tesoro lo publica en el BOE cada semestre; para el segundo semestre de 2026 es del 10,40 %.

Los intereses se calculan desde el día siguiente al vencimiento hasta el pago, aplicando el tipo de cada semestre. Pese a ser un derecho automático, muy pocas empresas lo reclaman: Pere Brachfield insiste en que hacerlo, o al menos informar al cliente de que se hará, es una de las herramientas más eficaces para que pague antes.

¿Qué es la indemnización de 40 euros por factura?

Desde la reforma de 2013, cuando el cliente incurre en mora el acreedor tiene derecho a cobrar una cantidad fija de 40 euros, que se añade a la deuda sin necesidad de pedirla expresamente. Además, puede reclamar todos los costes de cobro que haya sufrido y que superen esa cantidad, siempre que los acredite: honorarios de abogado, de una agencia de recobro, burofaxes, etc.

La ley no aclaraba si los 40 euros se deben por cada factura o por cada reclamación. El Tribunal Supremo, en una sentencia de 2021 que comenta Pere Brachfield, confirmó que se deben por cada factura pagada fuera de plazo, lo que en reclamaciones con muchas facturas supone una cantidad considerable.

¿Se puede pactar renunciar a los intereses o alargar los plazos?

Las cláusulas sobre fecha de pago, intereses o indemnización que sean manifiestamente abusivas para el acreedor son nulas. La ley considera abusivas, en particular, las que excluyen el cobro de intereses de demora o de la indemnización por costes de cobro. Para valorarlo se tienen en cuenta los usos comerciales, la naturaleza del producto y si hay razones objetivas para apartarse de la ley.

Además de la nulidad que puede pedir cada proveedor, las asociaciones empresariales pueden ejercer acciones colectivas de cesación contra las empresas que impongan condiciones abusivas en sus contratos con carácter general. La ley también admite la cláusula de reserva de dominio, por la que el vendedor conserva la propiedad de la mercancía hasta que se paga.

¿Qué cambió la Ley Crea y Crece en la lucha contra la morosidad?

La Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, incorporó varias medidas para que la ley se cumpla. Creó el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, regulado en 2024, que debe analizar cada año la evolución de los plazos de pago y elaborar un listado de empresas que incumplen el plazo máximo. Ese seguimiento se apoyará en la factura electrónica obligatoria entre empresas, que permitirá conocer cuándo se paga cada factura.

La misma ley vinculó el cumplimiento de los plazos de pago al acceso a ayudas públicas: las empresas que no cumplan los plazos de la Ley 3/2004 no pueden obtener subvenciones de importe superior a 30.000 euros.

¿Hay sanciones para las empresas que pagan tarde?

Es la gran asignatura pendiente. La Ley 3/2004 reconoce derechos al acreedor, pero no establece multas para quien incumple los plazos de pago. Desde hace más de una década se tramita en el Congreso una proposición de ley con un régimen sancionador, impulsada por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, que no ha llegado a aprobarse. Pere Brachfield lo resume así: una ley contra la morosidad sin sanciones es papel mojado.

En Europa, la Comisión propuso en 2023 sustituir la Directiva por un Reglamento directamente aplicable, con un plazo máximo único de 30 días entre empresas y el pago automático de los intereses de demora. La propuesta sigue en tramitación.

¿Cómo usar la ley de morosidad para cobrar antes?

La ley es más útil de lo que su incumplimiento generalizado hace pensar, siempre que el proveedor la use de forma sistemática y desde el principio de la relación comercial.

  • Incluir en las condiciones generales y en las facturas el plazo de pago, el interés de demora y la indemnización por costes de cobro.
  • No aceptar plazos superiores a 60 días ni cláusulas que excluyan los intereses.
  • Reclamar por escrito, al vencimiento, la factura más los intereses y los 40 euros: el cliente percibe que la empresa conoce sus derechos.
  • Si no paga, reclamar judicialmente el principal, los intereses y la indemnización, por ejemplo mediante el procedimiento monitorio.
  • Usar el cobro de intereses como argumento de negociación: renunciar a ellos a cambio de un pago inmediato.

Preguntas frecuentes

›¿Cuál es el plazo máximo de pago entre empresas en España?

Sesenta días naturales desde la entrega de la mercancía o la prestación del servicio. Si no se ha pactado nada, el plazo es de 30 días.

›¿Cuál es el interés de demora de la Ley 3/2004 en 2026?

El 10,15 % en el primer semestre de 2026 y el 10,40 % en el segundo, según la resolución semestral del Tesoro publicada en el BOE. Puede calcularlo con la calculadora de intereses de demora de esta web.

›¿Hay que reclamar los intereses para tener derecho a ellos?

No. Los intereses de demora se deben automáticamente desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de aviso ni reclamación previa.

›¿Los 40 euros de indemnización son por factura o por reclamación?

Por factura. El Tribunal Supremo confirmó en 2021 que la cantidad fija de 40 euros se devenga por cada factura pagada con retraso.

›¿Se aplica la ley de morosidad a los particulares?

No. Solo se aplica a operaciones entre empresas o profesionales y entre estos y la Administración. Las deudas con consumidores se rigen por el Código Civil y la normativa de consumo.

›¿Es válido pactar un plazo de pago de 90 o 120 días?

En las operaciones entre empresas, la Ley 3/2004 lo impide: el plazo pactado no puede superar los 60 días, y la cláusula que lo exceda puede declararse nula.

›¿Qué pasa si una empresa no cumple la ley de morosidad?

El proveedor puede reclamar los intereses y la indemnización, y las cláusulas abusivas son nulas. No hay multas, pero quien incumple los plazos no puede obtener subvenciones de más de 30.000 euros y podrá figurar en el listado del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.

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