Veri*factu, SIF y factura electrónica B2B: Que cambia en 2026 y qué deben hacer las empresas.

Las claves para adaptarse a los nuevos sistemas de control y trazabilidad fiscal.

En los últimos meses, conceptos como Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), reporte digital Veri*factu y factura electrónica B2B se repiten en medios, foros empresariales y despachos, pero su complejidad técnica y la falta de explicaciones claras han generado un gran desconcierto entre empresarios, autónomos y profesionales que siguen sin tener claro qué significa cada uno.

¿Son lo mismo? ¿Cuándo serán obligatorios? ¿Qué cambia realmente en 2026?

En este artículo se explica de forma sencilla qué es cada elemento, cómo se relacionan entre sí y qué se debe hacer para cumplir con la normativa sin sobresaltos.

¿Qué son los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF)?

El Real Decreto 1007/2023, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840 publicado por el Ministerio de Hacienda, establece los requisitos que deberán cumplir todos los programas informáticos de facturación a partir del 1 de enero de 2026.

Estos programas —conocidos como Sistemas Informáticos de Facturación (SIF)— deberán garantizar que los datos de facturación no puedan alterarse ni manipularse, eliminando la posibilidad de llevar una “caja B” o contabilidad paralela.

Vale la pena señalar que las empresas que están obligadas a cumplir con el suministro inmediato de información (SII), quedan excluidas de esta obligación.

Durante años, Hacienda detectó el uso de softwares que permitían borrar ventas, duplicar registros o emitir facturas falsas, lo que generaba un grave problema de fraude fiscal.
Por eso, el nuevo reglamento exige que los programas de facturación sean certificados por el desarrollador, asegurando la integridad, trazabilidad y conservación de todos los registros.

Importante: La Ley 11/2021, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-11473  establece multas de hasta 50.000 euros  para las empresas usuarias de software de doble uso no certificado y hasta 150.000 euros para los fabricantes de dichos programas. Esta ley busca asegurar la veracidad de la contabilidad y facturación para prevenir el fraude fiscal. 

¿Qué es el sistema Veri*factu?

Además del uso de programas certificados, el reglamento introduce un nuevo concepto: Veri*factu, el sistema de reporte digital de facturas en tiempo real a la Agencia Tributaria (AEAT).

El funcionamiento es sencillo: cada vez que una empresa emite una factura o tique, el software puede enviar automáticamente a Hacienda el registro de alta de esa operación.

No obstante, aquí está el punto clave:

El envío de datos mediante Veri*factu será voluntario en 2026.
No será obligatorio transmitir todas las facturas en tiempo real, ahora bien el software debe de estar certificado y debe poder conectarse con la AEAT cuando se le solicite.

Eso sí, se espera que a medio plazo este sistema de reporte digital pase a ser obligatorio para todos los contribuyentes que actualmente no están en el Suministro Inmediato de Información (SII).

La duda más común entre empresarios y asesores fiscales es esta:

¿Tendremos que enviar todos los registros de alta de facturación a Hacienda desde el 1 de enero de 2026?

La respuesta es no.

Ni las sociedades ni los autónomos estarán obligados a enviar todos los registros de alta de sus facturas en tiempo real. Lo que sí será obligatorio es utilizar un sistema de facturación certificado conforme al Real Decreto 1007/2023.

Solo en caso de requerimiento, el software deberá poder conectar y transmitir los datos solicitados por la Agencia Tributaria.
Eso sí, las empresas que opten voluntariamente por reportar sus facturas vía Veri*factu podrán obtener ventajas fiscales y administrativas, además de proyectar una imagen de mayor transparencia frente a la Administración.

La factura electrónica B2B: otra obligación en el horizonte

Paralelamente, la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, establece la obligatoriedad de la factura electrónica entre empresas y profesionales (B2B).

El objetivo es impulsar la digitalización del tejido empresarial, reducir la morosidad y mejorar la trazabilidad de los pagos.

Sin embargo, la implantación de la factura electrónica B2B aún no ha comenzado, ya que falta la aprobación del desarrollo reglamentario y de la orden ministerial que definirá los requisitos técnicos.

Según las previsiones actuales, la factura electrónica será obligatoria a partir de 2027, una vez completadas todas las fases normativas y tecnológicas.

En resumen: tres conceptos que no deben confundirse:

ConceptoQué es    ¿Obligatorio?Fecha prevista
SIF (Sistema Informático de Facturación)Software certificado que impide manipular o borrar facturas.1 de enero de 2026
Veri*factuSistema de envío automático de facturas a la AEAT en tiempo real.Voluntario (de   momento)Desde 2026
Factura electrónica B2BFactura digital obligatoria entre empresas y profesionales.Sí (cuando se apruebe el reglamento)Prevista para 2027

Lo que las empresas deben hacer ya:

2026 no está tan lejos; el proceso de adaptación debe comenzar cuanto antes.
Estas son las principales recomendaciones:

  1. Revisar el software de facturación actual y comprobar si cumple (o podrá certificarse) según el Real Decreto 1007/2023.
  2. Consultar con el proveedor tecnológico los plazos y requisitos de certificación.
  3. Evaluar la adopción voluntaria de Veri*factu, especialmente para empresas con alto volumen de facturación.
  4. Mantenerse informados sobre la evolución del desarrollo reglamentario de la factura electrónica B2B.

Conclusión

El nuevo ecosistema digital de facturación que impulsa Hacienda tiene un objetivo claro: cerrar la brecha del fraude fiscal y aumentar la transparencia económica.
Sin embargo, la coexistencia de conceptos como SIF Veri*factu y factura electrónica ha generado confusión, especialmente entre pymes y autónomos.

Por ahora, lo esencial es que las empresas se preparen para certificar sus sistemas de facturación antes de 2026, se informen sobre las ventajas del reporte Veri*factu voluntario y estén atentas al desarrollo reglamentario que definirá la factura electrónica obligatoria a partir de 2027.

El cambio es inminente y afectará a todos los agentes económicos; comprenderlo bien hoy es la mejor manera de evitar sanciones y aprovechar las oportunidades de digitalización que se avecinan.

Una de las formaciones imprescindibles es un curso sobre el Reglamento SIF Veri*factu que afecta a las empresas, autónomos y profesionales.

Esta formación incluye en su programa la futura obligación para todos los empresarios y autónomos que tendrán que expedir y recibir facturas electrónicas en las operaciones B2B y cumplir con nuevas obligaciones tributarias.

Estamos a disposición de ampliar información sobre esta formación, así como de facilitar las posibilidades de llevarla a cabo en fechas acordadas entre la empresa y el formador.

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Cristina Vert – estudios y artículos sobre la morosidad