Incorporación de nuevas medidas de protección para evitar cláusulas abusivas contra el proveedor

La Ley 11/2013 ha realizado otro importante cambio en el Artículo 9 «Cláusulas y prácticas abusivas» encaminado a proteger a los suministradores de bienes y servicios, introduciendo el siguiente párrafo:

«En todo caso, son nulas las cláusulas pactadas entre las partes o las prácticas que resulten contrarias a los requisitos para exigir los intereses de demora del artículo 6, o aquellas que excluyan el cobro de dicho interés de demora o el de la indemnización por costes de cobro prevista en el artículo 8. También son nulas las cláusulas y prácticas pactadas por las partes o las prácticas que excluyan el interés de demora, o cualquier otra sobre el tipo legal de interés de demora establecido con carácter subsidiario en el apartado 2 del artículo 7, cuando tenga un contenido abusivo en perjuicio del acreedor, entendiendo que será abusivo cuando el interés pactado sea un 70 % inferior al interés legal de demora, salvo que atendiendo a las circunstancias previstas en este artículo, pueda probarse que el interés aplicado no resulta abusivo».

Kit de herramientas de Correspondencia comercial para conseguir la aplicación práctica de los nuevos derechos que tiene el acreedor de cobrar intereses de demora y gastos de recobro gracias a la Ley 11/2013 de 26 de julio

En la práctica empresarial nos vamos a encontrar con muchos clientes reluctantes a aceptar los nuevos términos de pago que establecen la Ley 3/2004, de 29 de diciembre después de las modificaciones introducidas por la Ley 11/2013 de 26 de julio. Muchos compradores alegarán desconocimiento de la nueva legislación, alegando la ya manida expresión: «yo no tengo la obligación de leer el BOE cada día». Con respecto al cumplimiento de las leyes, nuestro Código Civil establece en su artículo 6 un principio básico del Derecho sobre la eficacia general de las normas jurídicas:

Artículo 6.

1. La ignorancia de las Leyes no excusa de su cumplimiento.

De modo que el cliente no puede alegar desconocimiento de la norma para eludir el imperio de la Ley.

Otro punto es que el proveedor puede enviar un comunicado a los clientes para facilitar la adaptación a los nuevos plazos de pago. A continuación en este paquete de herramientas vamos a ver algunos modelos de cartas que permitan al proveedor hacer valer sus derechos según cada una de las situaciones ante las que se pueda encontrar y cada una de las circunstancias habituales.

En este paquete de herramientas, encontremos varios modelos de cartas para conseguir la aplicación práctica de la Ley 3/2004 después de la reforma de la Ley 11/2013 de 26 de julio, distintos modelos de cartas de reclamación exigiendo los intereses y gastos según dicta la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales adaptados a los cambios introducidos por la Ley 11/2013 de 26 de julio.

En estos modelos de cartas de reclamación, se emplean diversos argumentos de presión al deudor, como la solicitud de los intereses de demora que el acreedor puede reclamar desde la entrada en vigor en España de la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, Ley de 29 diciembre y publicada en el BOE el 30 de diciembre de 2004, BOE nº 314 y que fue reformada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, y recientemente por la Ley 11/2013 de 26 de julio.

Gracias a este conjunto de modelos de cartas de reclamación adaptadas a las novedades introducidas por la nueva Ley 11/2013 de 26 de julio que otorga nuevos derechos al acreedor, el profesional del crédito tendrá un kit que le permita facilitar las tareas en la gestión de los impagados. Gracias a estas herramientas de correspondencia comercial, en caso de retraso en el pago de sus facturas podrá reclamar todos los intereses moratorios, indemnizaciones y gastos al cliente moroso según la nueva normativa.

Los modelos de cartas de reclamación están totalmente adaptados a las novedades introducidas por la nueva Ley 11/2013 de 26 de julio que otorga nuevos derechos al acreedor en caso de impago o retraso en el cobro sus facturas respecto a intereses moratorios y gastos.

En conjunto son paquetes de documentación adaptados a la legislación más reciente y con la calidad y precisión de Brachfield & Morosólogos Asociados.