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Riesgo de crédito

El nuevo registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler

19 MAY 2014 · 1 MIN
El nuevo registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler

El 5 de Junio de 2013 se publicó en el BOE la Ley 4/2013, de 4 de junio, de Medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, la cual entró en vigor el día 6 de Junio de 2013

Entre todas las novedades que aporta la Ley 4/2013, destaca la creación de un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler cuya organización y funcionamiento se regulará más adelante mediante Real Decreto.

Este registro tomará nota de todos aquellos arrendatarios morosos que han sido desahuciados por impago de las rentas, lo cual tendrá que ser comunicado al Registro por los secretarios judiciales una vez la sentencia sea firme o bien por los órganos de arbitraje competentes.

Lo que no se especifica es si tal remisión de datos se realizará de oficio o bien deberá ser solicitada a instancia de parte.

La finalidad de este registro es la de ofrecer información al propietario de una vivienda en alquiler sobre el riesgo que puede tener al alquilar su vivienda al candidato a ser arrendatario, basándose en anteriores impagos del mismo, declarados mediante sentencia firme o laudo arbitral.

De este modo, el arrendador, antes de alquilar el piso o local, podrá solicitar al registro información sobre la persona a quién va alquilar la vivienda en relación con anteriores desahucios por impago que consten en su historial y de los cuales haya habido condena declarada firme. Para ello, sólo necesitará presentar una propuesta de contrato y los datos le serán facilitados.

Esta medida va dirigida al beneficio del propietario y en detrimento de los inquilinos que, aunque sea sólo una vez, han sido condenados mediante sentencia firme por impago del alquiler. Sólo podrán dejar de estar fichados como morosos en el registro si pagan la cantidad adeudada o bien transcurren más de seis años, momento en el que el registro automáticamente eliminará la ficha como marca el RLOPD.

Pere Brachfield
Profesor de EAE Business School

AUTORAbogado, profesor universitario, conferenciante y especialista en credit management y gestión de la morosidad, con más de 35 años de experiencia en la prevención de impagos, la gestión del crédito comercial y la recuperación de deudas.Trayectoria y libros →

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